COMISIÓN ESTATAL MIXTA

DE ESCALAFÓN DEL MAGISTERIO

 

 

 

 

 

La ley de los trabajadores al servicio del estado de Sinaloa en su título quinto, capítulo único, dispone la creación de un sistema organizado en cada entidad, para efectuar las promociones escalafonarias de los trabajadores a su servicio.

 

Estos preceptos legales son tomados en cuenta como  una base fundamental  de respeto a los derechos laborales de los trabajadores de la educación y dan lugar a la creación del ESCALAFÓN.

 

Las disposiciones de esta normatividad establece que toda vacante que se presente y deba cubrirse deberá asignarse a través del ESCALAFÓN mediante concurso, dándose prioridad a los trabajadores de la categoría inmediata inferior.

 

Por ello es importante señalar que el GOBIERNO DE NUESTRO ESTADO en todas las épocas, ha tenido como objetivo fundamental atender en toda su extensión el campo educativo y para ello es necesario la participación decidida y sobre todo comprometida del maestro, de ahí que reconozca en el SINDICATO DE LOS TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN, la instancia titular de las relaciones laborales de los trabajadores de base que prestan sus servicios en nuestra entidad; a la SECRETARÍA  DE  EDUCACIÓN  PÚBLICA  Y  CULTURA, el área operativa para la contratación del personal que habrá de cumplir las  necesidades con todos los programas educativos en lo general y para aplicar una normatividad escalafonaria, faculta a la COMISIÓN ESTATAL MIXTA DE ESCALAFÓN DEL MAGISTERIO, la dictaminación de plazas directivas, calificar los cambios y permutas, así como  resolver todo lo concerniente a situaciones escalafonarias que presenten los trabajadores.

 

Todo conlleva  a un compromiso de SEPyC-SNTE-COMISION de respeto integro a los derechos de los trabajadores afiliados a la SECCIÓN 53 del SNTE y en un sólo acto de corresponsabilidad, actuar sobre las bases crediticias y transparentes al otorgar un beneficio al trabajador.

 

La reglamentación vigente es producto de una constante preocupación que por actualizar las normas escalafonarias han tenido las personas que han ocupado estas funciones, pudiendo observar, que por DECRETO #169 se publicó la LEY DE ESCALAFÓN el 15 de mayo de 1946 para aplicarse a inspectores y maestros de preprimaria y primaria, siendo Gobernador el Gral. de división Pablo E. Macías Valenzuela; después de haberse aplicado 5 sexenios por DECRETO #31, el 22 de febrero de 1966 es modificada esta Ley por el Exgobernador Leopoldo Sánchez Celis en donde se agregan DOCENTES, SECRETARIOS Y DIRECTORES DE ESCUELA SECUNDARIA, incluyendo al personal que fungía como  inspector de este nivel educativo.

 

De nueva cuenta esta Ley se aplica 5 sexenios; estos criterios normativos estuvieron bajo la responsiva de grandes maestros que fueron pilares de la educación en  nuestro estado entre los que podemos citar, a los distinguidos mentores AGUSTINA ACHOY GUZMÁN, FRANCISCA NÚÑEZ ZEPEDA y CLAUDIO MEZA VIDALES.

 

La ley de 1946 disponía que el escalafón se integrara con una educadora un maestro de Escuela Primaria Diurna, un maestro de Escuela Rural y tres maestras en servicio, representantes de la entonces DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN y la modificación de 1966 establece por primera vez una COMISIÓN DE ESCALAFÓN DEL MAGISTERIO DEL ESTADO integradas por UN PRESIDENTE, representante del C. Gobernador; UN SECRETARIO representante del C. Director  Gral. de Educación y un REPRESENTANTE DEL MAGISTERIO.

 

Actualmente los trabajadores de base de Educación Básica afiliados a la SECCIÓN 53 del SNTE, se rigen por el Reglamento de Escalafón Estatal expedido por Renato Vega Alvarado exgobernador de nuestra entidad, el 11 de marzo de 1996 sustituyendo definitivamente la modificación de 1966 delegando las funciones escalafonarias en la COMISIÓN ESTATAL MIXTA DE ESCALAFÓN DEL MAGISTERIO, la que se integra con un PRESIDENTE ÁRBITRO, en  representación del gobernador del estado, un SECRETARIO, que representa a la Secretaría de Educación Pública y Cultura y  UN VOCAL REPRESENTANTE DE LA SECCIÓN 53 DEL SNTE.

 

Se integran cuatro grupos clasificados por niveles y rangos estando cada uno a cargo de dos representantes estatales, uno representado a la SECRETARÍA y otro al SINDICATO.


Reseña histórica